• Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: FELIX VICENTE AZON VILAS
  • Nº Recurso: 5457/2022
  • Fecha: 27/01/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Declarada en la instancia la nulidad del despido objetivo del actor, recurre la empresa en suplicación. La Sala de lo Social rechaza, en primer lugar, la petición de nulidad de la sentencia recurrida por contener motivación suficiente y no existe variación sustancial de la demanda, pues en la papeleta de conciliación constan todos los elementos necesarios para que se pueda articular una defensa adecuada. En segundo lugar, estima en parte la revisión de hechos interesada por reunir los requisitos jurisprudenciales para acceder a la misma. Y, finalmente, estima en parte el recurso, declarando la improcedencia del despido y no su nulidad, al entender que el informe médico de Salud Mental no es indicio suficiente de acoso laboral, por ser su única fuente de información la propia declaración del trabajador denunciante. No obstante, se declara el despido improcedente dado que no hay razones económicas que lo avalen, y no se acredita que el trabajador despedido prestase su trabajo utilizando una máquina que se ha vendido.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Albacete
  • Ponente: MARIA ISABEL SERRANO NIETO
  • Nº Recurso: 2107/2022
  • Fecha: 27/01/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: DESPIDO OBJETIVO
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE LUIS ASENJO PINILLA
  • Nº Recurso: 790/2022
  • Fecha: 27/01/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Cuando en el periodo de seis años anteriores a la situación de desempleo concurre un periodo de suspensión de la relación laboral por ERTE derivado de Covid-19, no se aplica el régimen general para el cómputo de días cotizados a efectos de la duración de la prestación, sino que se incluye el periodo de suspensión porque así deriva del RDL 8/2020 cuando establece que no se descontarán como consumidos los días en que se ha percibido prestación de desempleo por ERTE Covid-19, y que se accederá a la prestación de desempleo aunque se carezca del periodo de ocupación cotizada mínimo para ello. Tales medidas inicialmente vigentes hasta el 30 de septiembre de 2020 se prorrogaron automáticamente hasta el 31 de enero de 2021, luego al 31 de mayo de 2021 y posteriormente hasta el 1 de Enero de 2022 para aquéllos que accedan al nuevo derecho antes de esa fecha como consecuencia de la finalización de un contrato o despido.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DEL PILAR GARCIA RUIZ
  • Nº Recurso: 77/2022
  • Fecha: 27/01/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Granada
  • Ponente: MARIA LOURDES MOLINA ROMERO
  • Nº Recurso: 274/2021
  • Fecha: 27/01/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: MARTA DOLORES DEL VALLE GARCIA
  • Nº Recurso: 950/2022
  • Fecha: 27/01/2023
  • Tipo Resolución: Auto
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Castellón de la Plana/Castelló de la Plana
  • Ponente: ESTEBAN SOLAZ SOLAZ
  • Nº Recurso: 1126/2022
  • Fecha: 27/01/2023
  • Tipo Resolución: Auto
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE ARTURO FERNANDEZ GARCIA
  • Nº Recurso: 235/2022
  • Fecha: 27/01/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA VIRGINIA GARCIA ALARCON
  • Nº Recurso: 1083/2022
  • Fecha: 27/01/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: VICENTE ATAULFO BALLESTA BERNAL
  • Nº Recurso: 1197/2021
  • Fecha: 27/01/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Se formula demanda de ejecución de título judicial dictado en proceso de familia. Se estima de modo parcial la oposición a la ejecución. Se acusa a la resolución recurrida en el recurso de falta de pronunciamiento de las pensiones devengadas durante el periodo en que estuvo vigente el estado de Alarma y error material en la cantidad calculada en la resolución. El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el Estado de Alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, estableció en su Disposición Adicional Cuarta que los plazos de prescripción y caducidad de cualquiera acciones y derechos quedarían suspendidos durante el plazo de vigencia del estado de alarma y, en su caso, de las prórrogas que se adoptaren. Posteriormente, el artículo 10 del Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo (11) , estableció que con fecha 4 de junio de 2.020 alzó dicha suspensión. Por lo tanto, no se encuentran prescritas las pensiones de noviembre de 2017 a enero de 2018, debiendo incrementarse la cuantía de la resolución en 341,98 euros. Durante el periodo comprendido entre febrero de 2018 y enero de 2021 existe un error material en la cantidad adeudada. Se estima el recurso, revocando parcialmente la resolución.

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